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793/2017NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El estímulo fiscal del cien por ciento en IVA y IEPS para personas físicas del régimen de incorporación fiscal, previsto en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, no es inconstitucional por sí mismo, al no contravenir el principio de equidad tributaria.

Expediente
793/2017
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
17 ene 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El estímulo fiscal del cien por ciento en IVA y IEPS para personas físicas del régimen de incorporación fiscal, previsto en el artículo Séptimo Transitorio del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, no es inconstitucional por sí mismo, al no contravenir el principio de equidad tributaria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de un estímulo fiscal que permitía a personas físicas del régimen de incorporación fiscal obtener un descuento del 100% en IVA y IEPS. Los quejosos argumentaron que esta medida era inconstitucional porque creaba una desigualdad tributaria. Sin embargo, la Corte determinó que el estímulo fiscal, al ser una medida temporal y específica para fomentar la formalización de actividades económicas, no contravenía el principio de equidad tributaria, ya que existían razones objetivas y razonables para su establecimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.