Las órdenes de visita domiciliaria y las de cateo, aunque comparten la exigencia constitucional de sujetarse a las formalidades prescritas para los cateos, difieren en cuanto a su objeto, autoridad expedidora y alcance, siendo la primera de naturaleza administrativa y la segunda de índole judicial.
El presente criterio distingue entre las órdenes de visita domiciliaria y las de cateo, señalando que, si bien ambas deben cumplir con las formalidades constitucionales establecidas para los cateos, existen diferencias fundamentales en sus propósitos. El cateo busca personas u objetos, mientras que la visita domiciliaria se enfoca en verificar el cumplimiento de reglamentos y la exhibición de documentos fiscales. Además, la orden de cateo es de competencia judicial, y la de visita domiciliaria puede ser emitida por autoridades administrativas.
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