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SJF · Tesis

La litis en el amparo contra las sentencias del Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación se integra con los argumentos que, desestimados por la Sala, fueron omitidos por el Pleno, y que la parte quejosa no pudo impugnar previamente en el recurso de revisión, pues este último no es un recurso de anulación sino de plena jurisdicción.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1970
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La litis en el amparo contra las sentencias del Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación se integra con los argumentos que, desestimados por la Sala, fueron omitidos por el Pleno, y que la parte quejosa no pudo impugnar previamente en el recurso de revisión, pues este último no es un recurso de anulación sino de plena jurisdicción.

Resumen

Se establece que en el amparo contra sentencias del Pleno del Tribunal Fiscal de la Federación, la litis comprende los argumentos que la Sala desestimó y el Pleno omitió, y que la quejosa no pudo impugnar previamente. Esto se debe a que el recurso de revisión ante el Pleno no es de anulación sino de plena jurisdicción, y la sentencia del Pleno constituye la resolución final del juicio fiscal en una sola unidad procesal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.