El procedimiento administrativo de imposición de sanciones, seguido en forma de juicio, debe garantizar las formalidades esenciales del procedimiento, incluyendo la oportunidad de ofrecer alegatos y pruebas para una adecuada defensa del particular.
El presente asunto se relaciona con un juicio de nulidad contra una multa impuesta por contravenir la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. El recurrente argumentó que el procedimiento administrativo sancionador, al ser seguido en forma de juicio, debe observar las formalidades esenciales del procedimiento, como la oportunidad de presentar alegatos y pruebas, en términos del artículo 14, fracción II, constitucional. Se alude a tesis de Tribunales Colegiados sobre la naturaleza de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio y la improcedencia del amparo contra actos de notificación y ejecución de órdenes de visita domiciliaria por vicios propios.
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