La retención de recursos federales a los municipios, sin fundamento legal y sin seguir el procedimiento de audiencia, viola la autonomía municipal y la garantía de audiencia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una controversia constitucional promovida por el Municipio de San Jorge Nuchita, Oaxaca, en contra de la retención de sus participaciones y aportaciones federales por parte de los Poderes del Estado de Oaxaca. El Municipio argumentó que dicha retención violaba su autonomía y la garantía de audiencia al no existir fundamento legal ni procedimiento previo. La Corte determinó que la retención de estos recursos, sin la debida fundamentación y sin otorgar audiencia al Municipio, contraviene los principios constitucionales de autonomía municipal y el derecho de audiencia.
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