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SJF · Tesis

La presunción de contrabando se acredita con indicios que, de manera congruente y conjunta, evidencien el transporte de mercancías en sitios no autorizados para el tráfico internacional, siendo legal la aplicación de la multa fiscal correspondiente.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1951
Materia
penal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La presunción de contrabando se acredita con indicios que, de manera congruente y conjunta, evidencien el transporte de mercancías en sitios no autorizados para el tráfico internacional, siendo legal la aplicación de la multa fiscal correspondiente.

Resumen

El presente caso aborda la suficiencia probatoria para acreditar presuntivamente el delito de contrabando. Se establece que los indicios, al ser congruentes y actuar en conjunto, son suficientes para generar la convicción de que se transportaban mercancías en zonas no autorizadas para el tráfico internacional. En consecuencia, se considera legal la imposición de la multa fiscal derivada de dicha infracción, al confirmarse las circunstancias que la tipifican.

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