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6397/2018ConcedeSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

Los ingresos por concepto de 'compensación por antigüedad' y 'prima de antigüedad' deben estar sujetos a la misma exención del Impuesto Sobre la Renta, en atención al principio de equidad en las contribuciones.

Expediente
6397/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Fecha
30 ene 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los ingresos por concepto de 'compensación por antigüedad' y 'prima de antigüedad' deben estar sujetos a la misma exención del Impuesto Sobre la Renta, en atención al principio de equidad en las contribuciones.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los ingresos recibidos por concepto de 'compensación por antigüedad' y 'prima de antigüedad'. El tribunal determina que ambos conceptos deben ser tratados de manera equitativa ante el tributo, aplicando la misma exención, en aras de garantizar el principio de equidad tributaria consagrado en la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.