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SJF · Tesis

La individualización de las penas debe atender a las condiciones objetivas de comisión del hecho y las subjetivas del procesado, sin considerar multas fiscales impuestas por infracciones de la misma naturaleza.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1959
Materia
penal
Sentido

Holding · resolución sintética

La individualización de las penas debe atender a las condiciones objetivas de comisión del hecho y las subjetivas del procesado, sin considerar multas fiscales impuestas por infracciones de la misma naturaleza.

Resumen

La imposición de una multa fiscal por infracciones de naturaleza similar no debe ser un factor para la individualización de las penas. El juzgador debe centrarse exclusivamente en las circunstancias objetivas del delito y las características personales del infractor al determinar la sanción penal correspondiente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.