El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013, y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto permite exigir el pago de una preliquidación sin que el contribuyente haya ejercido su derecho de prueba.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que se trataban de actos de imposible consumación o que ya habían sido superados. Sin embargo, negó el amparo respecto de diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y resoluciones misceláneas. Concedió el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, al estimar que no puede exigirse el pago de una preliquidación si el contribuyente no ha ejercido su derecho de prueba.
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