Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito· tema sin holding extraído
Cuotas obrero patronales, salario base de cotización. Viáticos, tiempo extraordinario, premios de puntualidad y asistencia, competencia.
Se niega el amparo. Los conceptos de violación se califican de infundados e inoperantes. Respecto al primer concepto (viáticos y confirmativa ficta), se calificó como infundado, ya que, contrario a lo alegado, la magistrada sí resolvió el fondo del asunto; La desestimación se sustentó en la insuficiencia probatoria de la actora para acreditar que los viáticos debían excluirse totalmente del salario base de cotización; la referencia a pruebas desechadas no constituyó un argumento procesal, sino una explicación de la falta de acreditación del hecho, lo cual forma parte del análisis sustantivo. En cuanto al segundo concepto (competencia para requerir información), los argumentos fueron declarados infundados e inoperantes. Inoperantes, porque parten de premisas inexistentes en la sentencia; infundados, ya que la autoridad sí justificó su competencia y la relación entre la información fiscal solicitada y la verificación de obligaciones de seguridad social, destacando la vinculación entre ambas materias y las facultades de comprobación del IMSS. Además, la quejosa no controvirtió eficazmente las razones centrales del fallo ni desvirtuó la fundamentación legal de la autoridad; los precedentes invocados se consideraron no obligatorios.
En relación con el tercer concepto (premios y horas extras), también se calificó como infundado e inoperante, porque la autoridad responsable sí realizó un análisis diferenciado conforme al artículo 27 de la Ley del Seguro Social; la desestimación en ambos rubros obedeció a la insuficiencia de pruebas, particularmente de la pericial contable. Asimismo, se determinó que no se vulneró el principio de adminiculación, ya que la naturaleza técnica del asunto hacía indispensable una prueba pericial idónea, cuya deficiencia impidió acreditar la pretensión.
Expediente
647/2025
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Ponente
Lisbet Catalina Soto Martínez
Fecha
9 jul 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Cuotas obrero patronales, salario base de cotización. Viáticos, tiempo extraordinario, premios de puntualidad y asistencia, competencia.
Se niega el amparo. Los conceptos de violación se califican de infundados e inoperantes. Respecto al primer concepto (viáticos y confirmativa ficta), se calificó como infundado, ya que, contrario a lo alegado, la magistrada sí resolvió el fondo del asunto; La desestimación se sustentó en la insuficiencia probatoria de la actora para acreditar que los viáticos debían excluirse totalmente del salario base de cotización; la referencia a pruebas desechadas no constituyó un argumento procesal, sino una explicación de la falta de acreditación del hecho, lo cual forma parte del análisis sustantivo. En cuanto al segundo concepto (competencia para requerir información), los argumentos fueron declarados infundados e inoperantes. Inoperantes, porque parten de premisas inexistentes en la sentencia; infundados, ya que la autoridad sí justificó su competencia y la relación entre la información fiscal solicitada y la verificación de obligaciones de seguridad social, destacando la vinculación entre ambas materias y las facultades de comprobación del IMSS. Además, la quejosa no controvirtió eficazmente las razones centrales del fallo ni desvirtuó la fundamentación legal de la autoridad; los precedentes invocados se consideraron no obligatorios.
En relación con el tercer concepto (premios y horas extras), también se calificó como infundado e inoperante, porque la autoridad responsable sí realizó un análisis diferenciado conforme al artículo 27 de la Ley del Seguro Social; la desestimación en ambos rubros obedeció a la insuficiencia de pruebas, particularmente de la pericial contable. Asimismo, se determinó que no se vulneró el principio de adminiculación, ya que la naturaleza técnica del asunto hacía indispensable una prueba pericial idónea, cuya deficiencia impidió acreditar la pretensión.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.