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274/18-25-01-1NiegaTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La orden de visita domiciliaria para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de expedición de comprobantes fiscales digitales por internet debe precisar el periodo sujeto a revisión, así como el objeto de la visita de manera determinada, para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente.

Expediente
274/18-25-01-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
30 ene 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La orden de visita domiciliaria para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de expedición de comprobantes fiscales digitales por internet debe precisar el periodo sujeto a revisión, así como el objeto de la visita de manera determinada, para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente.

Resumen

La Sala Regional determinó que la orden de visita domiciliaria debe ser específica en cuanto al periodo a revisar y el objeto de la fiscalización para no dejar en estado de indefensión al contribuyente. Se analizó la legalidad de una multa impuesta por incumplimiento en la expedición de comprobantes fiscales digitales, concluyendo que la orden de visita cumplió con los requisitos de fundamentación y motivación, y que la revisión de tickets y notas de venta no invalidaba la multa si esta se basaba en la omisión de datos en los comprobantes fiscales digitales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.