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606/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El Régimen Simplificado de Confianza para personas morales no contraviene los principios de proporcionalidad y equidad tributaria al permitir la deducción de anticipos a socios, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Expediente
606/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
18 oct 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El Régimen Simplificado de Confianza para personas morales no contraviene los principios de proporcionalidad y equidad tributaria al permitir la deducción de anticipos a socios, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de los artículos 206, 208 y 211 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y las reglas misceláneas fiscales relativas al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas morales. La quejosa argumentó que dicho régimen vulneraba los principios de proporcionalidad y equidad al eliminar la deducción de los anticipos a socios. Sin embargo, la Corte determinó que, contrario a lo alegado, el RESICO sí contempla la deducción de estos gastos, conforme al artículo 210, fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que se cumplan los requisitos de ser estrictamente indispensables y efectivamente erogados.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.