La concesión unilateral de una pensión por cesantía en edad avanzada por parte del Congreso del Estado de Morelos, con cargo al presupuesto del Tribunal de Justicia Administrativa, vulnera el principio de división de poderes y la autonomía en la gestión presupuestal de dicho tribunal.
El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos promovió una controversia constitucional contra el decreto que le concedía una pensión por cesantía en edad avanzada a una persona, argumentando que se le imponía una carga presupuestaria sin su intervención y afectando su autonomía. La Suprema Corte declaró la invalidez parcial del decreto, específicamente del artículo que obligaba al Tribunal a cubrir la pensión, al considerar que la emisión unilateral de pensiones por el Congreso, con cargo a otro poder, transgrede el principio de división de poderes y la autonomía presupuestal.
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