La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe analizar la constitucionalidad de las normas generales que un Tribunal Colegiado omitió estudiar, cuando el asunto revista un interés excepcional en materia de derechos humanos, a fin de garantizar la protección de los mismos.
El presente caso se relaciona con la inconstitucionalidad de los artículos 127 de la Ley del Seguro Social y 14 del Reglamento del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, ambos del Instituto Mexicano del Seguro Social, en materia de pensión por ascendencia. El Tribunal Colegiado se limitó a analizar el artículo 14 del Reglamento, omitiendo el estudio del artículo 127 de la Ley, que era el fundamento principal de la decisión laboral. La Suprema Corte advirtió una cuestión constitucional de interés excepcional y decidió admitir el amparo directo en revisión para analizar la constitucionalidad de ambas normas a la luz de los derechos a la igualdad, a la familia y a la seguridad social.
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