El recurso de reclamación contra el auto que admite un amparo directo en revisión carece de materia cuando el amparo directo en revisión de origen ya ha sido resuelto declarando el desistimiento de la parte recurrente.
Se resuelve un recurso de reclamación interpuesto contra el auto que admitió a trámite un amparo directo en revisión. Sin embargo, dado que el amparo directo en revisión de origen ya fue fallado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declarando el desistimiento de la parte recurrente, el presente recurso de reclamación ha quedado sin materia, pues la resolución que impugna ya no podría tener efecto jurídico alguno.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.