La justicia federal no ampara ni protege al quejoso cuando los argumentos vertidos en la queja por defecto en el cumplimiento de la sentencia de nulidad son novedosos y, por ende, infundados.
Se negó el amparo y protección de la justicia federal a un quejoso contra actos de la Sala Regional en Guanajuato I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La negativa se fundamentó en que los conceptos de violación expuestos en la queja por defecto en el cumplimiento de la sentencia de nulidad eran infundados, al tratarse de argumentos novedosos que no fueron planteados en la instancia original.
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