La improcedencia de la indemnización por inobservancia de jurisprudencia procede cuando el criterio que la autoridad fiscal demandada no tomó en cuenta no es aplicable al supuesto específico de la visita domiciliaria, sino a revisiones de gabinete o escritorio.
El presente caso analiza la procedencia de una indemnización solicitada por un contribuyente debido a que una fiscalizadora, durante una visita domiciliaria, no tomó en cuenta una jurisprudencia. El tribunal determina que la indemnización es improcedente si la jurisprudencia invocada por el contribuyente no es aplicable al tipo de acto de fiscalización (visita domiciliaria), sino a revisiones de gabinete o escritorio. Por lo tanto, la inobservancia de un criterio no aplicable al caso concreto no genera el derecho a la indemnización.
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