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660/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído

Pensión compensatoria para fijar el plazo de su duración no puede considerarse el retraso en el dictado de la sentencia de divorcio derivado de la reposición del procedimiento emitida en un recurso de apelación anterior, porque ese retraso es meramente procesal y se aleja de los presupuestos y fundamentos fijados por la Suprema Corte.

Expediente
660/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Claudia Delgadillo Villarreal
Fecha
14 may 2026
Materia
civil
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Pensión compensatoria para fijar el plazo de su duración no puede considerarse el retraso en el dictado de la sentencia de divorcio derivado de la reposición del procedimiento emitida en un recurso de apelación anterior, porque ese retraso es meramente procesal y se aleja de los presupuestos y fundamentos fijados por la Suprema Corte.

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