Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito· tema sin holding extraído
Se niega el amparo solicitado. Los conceptos de violación son infundados ya que fue correcto lo resuelto por la autoridad responsable, la multa impuesta a la accionante tiene como conducta infractora: "haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales", lo que no significa que dicho acto esté indebidamente fundado, ya que el supuesto que tipifican las disposiciones invocadas, consistente en no atender el deber de presentar las declaraciones dentro del plazo legal con el que legalmente contaba la contribuyente, si encuadra en el supuesto normativo invocado por la autoridad fiscalizadora, y la sanción que le correspondió.
Expediente
224/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Alfonso Ortiz López
Fecha
22 jun 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo solicitado. Los conceptos de violación son infundados ya que fue correcto lo resuelto por la autoridad responsable, la multa impuesta a la accionante tiene como conducta infractora: "haber presentado la declaración fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales", lo que no significa que dicho acto esté indebidamente fundado, ya que el supuesto que tipifican las disposiciones invocadas, consistente en no atender el deber de presentar las declaraciones dentro del plazo legal con el que legalmente contaba la contribuyente, si encuadra en el supuesto normativo invocado por la autoridad fiscalizadora, y la sanción que le correspondió.
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