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60/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito· tema sin holding extraído

Responsabilidad Patrimonial del Estado por su actividad irregular. Comisión Federal de Electricidad y su subsidiaria, les corresponde demostrar que su actuación en el tendido de cables de energía eléctrica cumple con las normas aplicables y que su actuación irregular no provocó la descarga eléctrica que provocó diversos daños físicos y psicológicos a la víctima; la UMA es la que se debe servir de base para determinar el monto de las indemnizaciones por daños personales y lucro cesante.

Expediente
60/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito
Ponente
Miguel Ángel Mancilla Núñez
Fecha
24 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Responsabilidad Patrimonial del Estado por su actividad irregular. Comisión Federal de Electricidad y su subsidiaria, les corresponde demostrar que su actuación en el tendido de cables de energía eléctrica cumple con las normas aplicables y que su actuación irregular no provocó la descarga eléctrica que provocó diversos daños físicos y psicológicos a la víctima; la UMA es la que se debe servir de base para determinar el monto de las indemnizaciones por daños personales y lucro cesante.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.