La autonomía del INEGI se vulnera por intromisión de facultades constitucionales cuando se le obliga a elaborar y actualizar metodologías en términos distintos a los previstos en sus procedimientos internos y presupuesto, aun cuando no esté obligado a generar la información en la forma requerida por otra autoridad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legalidad de un auto que concedió la suspensión en una controversia constitucional promovida por el INEGI. El INEGI argumenta que un Acuerdo y una Estrategia Nacional vulneran su autonomía al intrometerse en sus facultades constitucionales, al exigirle la elaboración y actualización de metodologías específicas. El Instituto sostiene que no está obligado a generar información en los términos requeridos por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ya que dichos procesos están sujetos a sus procedimientos internos y presupuesto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.