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8/2024-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La autonomía del INEGI se vulnera por intromisión de facultades constitucionales cuando se le obliga a elaborar y actualizar metodologías en términos distintos a los previstos en sus procedimientos internos y presupuesto, aun cuando no esté obligado a generar la información en la forma requerida por otra autoridad.

Expediente
8/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
8 may 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La autonomía del INEGI se vulnera por intromisión de facultades constitucionales cuando se le obliga a elaborar y actualizar metodologías en términos distintos a los previstos en sus procedimientos internos y presupuesto, aun cuando no esté obligado a generar la información en la forma requerida por otra autoridad.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legalidad de un auto que concedió la suspensión en una controversia constitucional promovida por el INEGI. El INEGI argumenta que un Acuerdo y una Estrategia Nacional vulneran su autonomía al intrometerse en sus facultades constitucionales, al exigirle la elaboración y actualización de metodologías específicas. El Instituto sostiene que no está obligado a generar información en los términos requeridos por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ya que dichos procesos están sujetos a sus procedimientos internos y presupuesto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.