InvestigaciónDocumento
En línea
5323/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La Procuraduría Federal del Consumidor es competente para sancionar a las instituciones educativas privadas por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuando actúan como proveedoras de servicios educativos y se les imputa una negativa de devolución o incumplimiento en la prestación del servicio.

Expediente
5323/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Fecha
24 abr 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Procuraduría Federal del Consumidor es competente para sancionar a las instituciones educativas privadas por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, cuando actúan como proveedoras de servicios educativos y se les imputa una negativa de devolución o incumplimiento en la prestación del servicio.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) para sancionar a instituciones educativas privadas. Se establece que PROFECO sí tiene competencia material cuando las instituciones actúan como proveedoras de un servicio educativo y se les imputa una negativa de devolución o incumplimiento en la prestación del mismo. La Corte aclara que, si bien la educación no es una actividad comercial en sí misma según códigos como el Fiscal o de Comercio, la PROFECO puede intervenir si se infringen derechos de los consumidores en la prestación de dicho servicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.