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563/25-14-01-8SobreseeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Guerrero

La notificación personal de actos administrativos, cuando se realiza con un tercero en ausencia del destinatario, debe contener datos que objetivamente permitan concluir que se practicó en el domicilio señalado y que se buscó al contribuyente o su representante, sin que sea indispensable detallar la relación laboral o el vínculo del tercero con el interesado, siempre que este último proporcione su nombre, se identifique y señale su relación con el destinatario.

Expediente
563/25-14-01-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La notificación personal de actos administrativos, cuando se realiza con un tercero en ausencia del destinatario, debe contener datos que objetivamente permitan concluir que se practicó en el domicilio señalado y que se buscó al contribuyente o su representante, sin que sea indispensable detallar la relación laboral o el vínculo del tercero con el interesado, siempre que este último proporcione su nombre, se identifique y señale su relación con el destinatario.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la legalidad de una notificación personal de créditos fiscales. La actora argumenta que la notificación no cumplió con las formalidades esenciales, específicamente en cuanto a la circunstanciación del citatorio y el acta de notificación. La Sala Regional, al resolver, determina que las actas cumplen con los requisitos legales y jurisprudenciales, ya que el notificador se cercioró del domicilio y la diligencia se entendió con una persona que se identificó como empleado del actor, proporcionando su nombre y relación laboral, lo cual es suficiente para dar certeza de que se actuó en el lugar correcto y con una persona que informaría al destinatario.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.