Los conceptos de violación que no se expresaron en la demanda de amparo no pueden ser materia de análisis en la sentencia de revisión.
El presente criterio establece que si los agravios presentados en una apelación no fueron planteados originalmente en la demanda de amparo, el tribunal de revisión no tiene competencia para examinarlos. Esto se debe a que la litis en el amparo se fija desde la demanda inicial y no puede ampliarse en etapas posteriores del proceso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.