El principio de tipicidad en materia administrativa sancionadora exige que la conducta del particular encuadre exactamente en la hipótesis normativa previamente establecida, sin que sea lícito ampliarla por analogía o mayoría de razón.
La Sala Regional en San Luis Potosí analizó la legalidad de multas impuestas por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de San Luis Potosí por no presentar declaraciones fiscales. El actor argumentó la violación al principio de tipicidad, sosteniendo que los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación no se adecuaban a su conducta. La Sala, citando jurisprudencia de la SCJN, determinó que el principio de tipicidad es aplicable al derecho administrativo sancionador y exige una predeterminación normativa clara y precisa de las conductas ilícitas y sanciones, lo que se cumplió en el caso al encuadrar la omisión de presentación de declaraciones electrónicas en las hipótesis normativas correspondientes.
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