Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto· tema sin holding extraído
La conducta de la parte quejosa se encuentra prevista y sancionada en términos de la fracción I, artículo 81, e inciso d) de la fracción I del numeral 82 ambos del Código Fiscal de la Federación, de ahí que no se violó el principio de tipicidad en su perjuicio.
Expediente
635/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto
Ponente
Renata Giliola Suárez Téllez
Fecha
13 oct 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
La conducta de la parte quejosa se encuentra prevista y sancionada en términos de la fracción I, artículo 81, e inciso d) de la fracción I del numeral 82 ambos del Código Fiscal de la Federación, de ahí que no se violó el principio de tipicidad en su perjuicio.
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