El recurso de revisión en la etapa de ejecución de sentencia no se actualiza la causa de improcedencia derivada de otro consentido, al atender al derecho fundamental de acceso a la justicia.
El Tribunal Colegiado modificó la sentencia recurrida para amparar al quejoso contra el acuerdo del Tribunal Laboral Federal y la omisión de ejecutar un convenio. Se determinó que en la etapa de ejecución, el recurso de revisión no debe ser desechado por consentimiento de otro acto, en aras de garantizar el derecho de acceso a la justicia consagrado en el artículo 17 constitucional.
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