La defraudación fiscal, por sí misma, no actualiza el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, al no demostrarse que los recursos utilizados en el esquema de evasión fiscal provengan de una actividad ilícita diversa a la evasión fiscal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un amparo en revisión para determinar si un esquema de defraudación fiscal puede configurar el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y si este, a su vez, puede ser determinante para el delito de delincuencia organizada. Se determinó que la ilicitud de los recursos debe ser distinta a la evasión fiscal para que se actualice el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y que la autoridad hacendaria no está obligada a agotar la instancia administrativa-fiscal antes de recurrir a la penal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.