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SJF · Tesis

El delito de infracción de deberes militares se configura cuando un militar, en ejercicio de sus funciones, omite o ejecuta actos contrarios a las obligaciones inherentes a su cargo o empleo, sin que sea necesario que dicha conducta cause un perjuicio material a la institución.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1978
Materia
penal
Sentido

Holding · resolución sintética

El delito de infracción de deberes militares se configura cuando un militar, en ejercicio de sus funciones, omite o ejecuta actos contrarios a las obligaciones inherentes a su cargo o empleo, sin que sea necesario que dicha conducta cause un perjuicio material a la institución.

Resumen

El presente extracto se refiere al delito de infracción de deberes militares, el cual se actualiza por la simple omisión o ejecución de actos contrarios a las obligaciones del cargo o empleo de un militar. No se requiere que la conducta genere un daño material a la institución para que se configure el delito, bastando la contravención de los deberes inherentes a la función militar.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.