El recurso de revisión en amparo directo es procedente cuando se controvierta una cuestión de constitucionalidad, aun cuando la materia principal del litigio sea de legalidad.
El presente asunto deriva de un amparo directo en revisión donde se determinó la procedencia del recurso, aun cuando la litis principal versaba sobre legalidad. La Segunda Sala de la SCJN resolvió que el recurso de revisión en amparo directo es procedente si se controvierte una cuestión de constitucionalidad, independientemente de que la materia principal del litigio sea de legalidad. Esto se fundamenta en que los tribunales federales son los competentes para resolver sobre constitucionalidad a través de los medios de control establecidos en la Constitución Federal.
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