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164/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La representación legal de un partido político, conferida a su presidente, comprende las facultades generales y especiales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, así como la suscripción de títulos de crédito, sin necesidad de cláusula especial, salvo las limitaciones expresamente establecidas en los estatutos o la ley.

Expediente
164/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
5 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La representación legal de un partido político, conferida a su presidente, comprende las facultades generales y especiales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, así como la suscripción de títulos de crédito, sin necesidad de cláusula especial, salvo las limitaciones expresamente establecidas en los estatutos o la ley.

Resumen

El presente asunto analiza la extensión de las facultades de representación legal otorgadas al presidente de un partido político. Se determina que dichas facultades, conforme a los estatutos y la legislación aplicable, abarcan la representación general ante toda clase de tribunales y autoridades, incluyendo actos de dominio y la suscripción de títulos de crédito. Sin embargo, se establecen limitaciones específicas, como la necesidad de acuerdos de órganos superiores para la enajenación de inmuebles.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.