El sobreseimiento en el juicio de amparo se actualiza cuando las autoridades responsables niegan la existencia de los actos reclamados y el quejoso no logra desvirtuar dicha negativa.
Se decreta el sobreseimiento del juicio de amparo promovido por el quejoso, al no poder desvirtuar la negativa de las autoridades responsables respecto a la existencia de los actos reclamados. La inexistencia de los actos reclamados, confirmada por la negativa de las autoridades y la falta de pruebas en contrario por parte del quejoso, es motivo suficiente para dar por concluido el juicio de amparo sin resolver el fondo del asunto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.