La Suprema Corte de Justicia de la Nación es la competente para resolver sobre la constitucionalidad de las disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica que modifican los criterios de acceso abierto a redes de transmisión y distribución, los lineamientos de asignación y despacho de centrales eléctricas, las reglas para contratos de cobertura y subastas, y los criterios para certificados de energías limpias.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que es de su competencia el análisis de constitucionalidad de diversos artículos de la Ley de la Industria Eléctrica, específicamente aquellos que reforman y adicionan disposiciones relativas al acceso abierto a redes, la asignación y despacho de centrales eléctricas, la celebración de contratos de cobertura y subastas, así como los criterios para el otorgamiento de certificados de energías limpias. La Corte se declaró incompetente para conocer de la constitucionalidad de los artículos 4, fracción I, y 108, fracción V, de dicha ley, remitiendo el asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su resolución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.