La boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional es nula si el verificador no se identifica debidamente con credencial vigente y orden expresa, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
La Sala Regional en Guanajuato II declaró la nulidad de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. Se determinó que, si bien la boleta afecta el interés jurídico del actor, el servidor público que la emitió no cumplió con las formalidades de identificación exigidas por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al no exhibir credencial vigente y orden expresa, lo que genera inseguridad jurídica y deja al particular en estado de indefensión.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.