El desechamiento de un amparo directo o recurso de queja por notoria y manifiesta improcedencia, al no tratarse de una sentencia definitiva o al ser emitida por un órgano terminal, es una determinación correcta que no admite recurso alguno, pues la interposición de cualquier medio de defensa en su contra constituye una causa de improcedencia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó por notoriamente improcedentes un amparo directo y un recurso de queja. La decisión se basó en que la resolución impugnada no constituía una sentencia definitiva según el artículo 170 de la Ley de Amparo, y además, al ser emitida por un órgano terminal, era inatacable. La interposición de cualquier medio de defensa contra dicha resolución se consideró una causa manifiesta de improcedencia. La Corte citó jurisprudencias que avalan el desechamiento de plano de recursos contra sentencias de Tribunales Colegiados.
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