La negativa de una institución de crédito de aperturar una cuenta bancaria no constituye un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo indirecto, al no ejercer prerrogativas públicas.
El presente asunto analiza si la negativa de una institución de crédito para aperturar una cuenta bancaria puede ser combatida a través del juicio de amparo indirecto. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha negativa no actualiza una causa manifiesta e indudable de improcedencia, pues las instituciones de crédito, al realizar este tipo de actos, no actúan como autoridad, sino como particulares, al no ejercer prerrogativas públicas.
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