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252/2018OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles, una vez otorgada, se mantiene vigente para el siguiente ejercicio fiscal si el emisor continúa cumpliendo los requisitos y presenta el aviso correspondiente en agosto.

Expediente
252/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
20 jun 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles, una vez otorgada, se mantiene vigente para el siguiente ejercicio fiscal si el emisor continúa cumpliendo los requisitos y presenta el aviso correspondiente en agosto.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la vigencia de la autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles, conforme al artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del ISR. Se establece que dicha autorización, una vez concedida, se prorroga automáticamente para el siguiente ejercicio fiscal, siempre y cuando el emisor siga cumpliendo con los requisitos establecidos y presente el aviso correspondiente en el mes de agosto, declarando bajo protesta de decir verdad que se mantienen las condiciones para su emisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.