La responsabilidad solidaria o la mera pluralidad de patrones no actualizan el litisconsorcio pasivo necesario en materia laboral.
El presente fallo analiza la figura del litisconsorcio pasivo necesario en materia laboral, distinguiéndola de la responsabilidad solidaria y la pluralidad de patrones. Se establece que, si bien la Ley Federal del Trabajo contempla supuestos de responsabilidad solidaria para proteger a los trabajadores, esta figura no exige la intervención conjunta de todos los posibles responsables en un mismo juicio. La decisión se basa en la interpretación de los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, así como en la jurisprudencia aplicable sobre litisconsorcio y solidaridad.
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