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2885/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La excepción de compensación requiere la acreditación fehaciente del adeudo y su pago, así como la solicitud del préstamo, elementos que no se satisfacen con la simple presentación de copias simples o impresiones de pantalla sin validez oficial.

Expediente
2885/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
25 oct 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La excepción de compensación requiere la acreditación fehaciente del adeudo y su pago, así como la solicitud del préstamo, elementos que no se satisfacen con la simple presentación de copias simples o impresiones de pantalla sin validez oficial.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la autoridad demandada resolvió correctamente al declarar improcedente la excepción de compensación. Esto se debió a que la empresa demandada no presentó los recibos de pago debidamente firmados, sino que ofreció copias simples e impresiones de pantalla sin validez oficial. Por lo tanto, no se demostró el adeudo ni se acreditó la solicitud del préstamo, el pago o cualquier otro elemento que hiciera procedente la compensación. Adicionalmente, se consideró innecesaria la autorización de retención de impuestos, ya que la Ley del Impuesto sobre la Renta otorga al patrón la facultad de retener dichas cantidades.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.