El relleno sanitario de residuos sólidos debe ubicarse a una distancia prudente de las viviendas y de cuerpos de agua superficiales para evitar riesgos a la salud pública y al medio ambiente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la ubicación de un relleno sanitario en relación con un arroyo de aguas superficiales y viviendas cercanas. Se determinó que la operación de dicho relleno sanitario, al colindar con un arroyo y encontrarse a escasos 20 metros de casas habitación, representaba un riesgo para la salud pública y el medio ambiente, contraviniendo la normativa aplicable en materia de salubridad y protección ambiental.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.