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202/2016OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El pago de salarios a trabajadores no es objeto del Impuesto al Valor Agregado, independientemente de que dicho pago se realice por un tercero.

Expediente
202/2016
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Fecha
5 oct 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El pago de salarios a trabajadores no es objeto del Impuesto al Valor Agregado, independientemente de que dicho pago se realice por un tercero.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza si la prestación de servicios de manera subordinada, a través del pago de una remuneración y sus asimilados, puede ser realizada por personas morales o solo por personas físicas. Se determina que el pago de salarios a trabajadores no es objeto del Impuesto al Valor Agregado, incluso si el pago es efectuado por un tercero, ya que las erogaciones corresponden a remuneraciones por concepto de salarios y no a la contraprestación por la realización de un servicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.