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81/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La obligatoriedad de la educación primaria solo se justifica si la educación ofrecida es de calidad adecuada, pertinente para el niño y promueve la realización de otros derechos del niño.

Expediente
81/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
11 sep 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La obligatoriedad de la educación primaria solo se justifica si la educación ofrecida es de calidad adecuada, pertinente para el niño y promueve la realización de otros derechos del niño.

Resumen

El presente extracto aborda la obligatoriedad de la educación primaria, destacando que esta solo es justificable si la educación es de calidad, pertinente y promueve otros derechos del niño. Se menciona que la prohibición de la discriminación por sexo en el acceso a la educación se refuerza con esta exigencia. Adicionalmente, se hace una referencia tangencial a la inflación y los precios de la canasta básica, aunque su conexión directa con el tema principal de la obligatoriedad educativa no es explícita en el fragmento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.