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El juicio de nulidad es procedente contra el cobro de multas por infracción al Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, en virtud de que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo permite impugnar los actos de autoridades administrativas a través de las vías judiciales correspondientes.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 mar 2001
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El juicio de nulidad es procedente contra el cobro de multas por infracción al Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, en virtud de que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo permite impugnar los actos de autoridades administrativas a través de las vías judiciales correspondientes.

Resumen

El juicio de nulidad es la vía judicial procedente para impugnar las multas impuestas por infracciones al Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales. Esto se fundamenta en el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que, al entrar en vigor, derogó recursos previos y estableció el juicio de nulidad como el medio para que los afectados por actos administrativos busquen la anulación de los mismos.

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