La obligación de comparecer ante el Instituto para el otorgamiento y conservación de la pensión, así como la realización de visitas domiciliarias para personas con discapacidad y adultos mayores, son medidas que buscan corroborar la supervivencia o la correcta tramitación de la pensión.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene la facultad de requerir la comparecencia de los pensionados para verificar su supervivencia o para la tramitación de la pensión. En casos de personas con discapacidad o adultos mayores, el Instituto debe realizar visitas domiciliarias si se requiere su presencia personal para el trámite, garantizando así el acceso a sus derechos y la correcta administración de los recursos.
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