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85/2019SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La publicación de una ley por el Ejecutivo no viola por sí misma los preceptos constitucionales y convencionales invocados por el quejoso.

Expediente
85/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
23 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La publicación de una ley por el Ejecutivo no viola por sí misma los preceptos constitucionales y convencionales invocados por el quejoso.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la publicación de una ley por parte del Poder Ejecutivo no constituye un acto de imposible reparación o que viole directamente los derechos fundamentales del promovente. Por lo tanto, el amparo promovido contra dicho acto, sin señalar como autoridad responsable al órgano legislativo que emitió la ley, debe sobreseerse en términos de la jurisprudencia aplicable. La mera promulgación de la ley no es el acto que causa el perjuicio reclamado.

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