La indebida fundamentación y motivación en el límite para el pago de diversas prestaciones procedentes, genera la nulidad del cese de un elemento de seguridad pública y el pago de las prestaciones derivadas de la relación administrativa.
El presente asunto resuelve sobre la nulidad de un cese de elemento de seguridad pública y el pago de prestaciones. Se determinó que la indebida fundamentación y motivación en el límite para el pago de dichas prestaciones, es motivo suficiente para conceder el amparo y protección de la justicia federal. Esto, al evidenciarse una violación a los derechos del elemento afectado por parte de la autoridad emisora de la resolución impugnada.
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