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109/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, con Residencia en Cuernavaca Morelos

La indebida fundamentación y motivación en el límite para el pago de diversas prestaciones procedentes, genera la nulidad del cese de un elemento de seguridad pública y el pago de las prestaciones derivadas de la relación administrativa.

Expediente
109/2025
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, con Residencia en Cuernavaca Morelos
Ponente
Roberto Soto Castor
Fecha
15 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La indebida fundamentación y motivación en el límite para el pago de diversas prestaciones procedentes, genera la nulidad del cese de un elemento de seguridad pública y el pago de las prestaciones derivadas de la relación administrativa.

Resumen

El presente asunto resuelve sobre la nulidad de un cese de elemento de seguridad pública y el pago de prestaciones. Se determinó que la indebida fundamentación y motivación en el límite para el pago de dichas prestaciones, es motivo suficiente para conceder el amparo y protección de la justicia federal. Esto, al evidenciarse una violación a los derechos del elemento afectado por parte de la autoridad emisora de la resolución impugnada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.