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1778/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La fijación de una garantía para la efectividad de las medidas provisionales no es un acto que, por sí mismo, cause un perjuicio irreparable que amerite la procedencia del amparo indirecto, salvo que la parte quejosa demuestre la insuficiencia de dicha garantía para cubrir los posibles daños y perjuicios.

Expediente
1778/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
14 may 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La fijación de una garantía para la efectividad de las medidas provisionales no es un acto que, por sí mismo, cause un perjuicio irreparable que amerite la procedencia del amparo indirecto, salvo que la parte quejosa demuestre la insuficiencia de dicha garantía para cubrir los posibles daños y perjuicios.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia del amparo indirecto contra la fijación de una garantía para medidas provisionales. La actora argumenta que la garantía fue insuficiente y que no se valoró adecuadamente el perjuicio. Sin embargo, la Corte determina que la fijación de la garantía no es un acto de imposible reparación, a menos que se demuestre su insuficiencia para cubrir los daños y perjuicios, lo cual la quejosa no acreditó en el procedimiento de origen.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.