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129/2017NiegaTCCNiega · revoca acto10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El recurso de revisión fiscal interpuesto por una autoridad administrativa mediante firma electrónica avanzada, sin acreditar la existencia de un convenio de homologación de certificados digitales entre el Poder Judicial de la Federación y el órgano emisor de dicha firma, debe declararse improcedente por falta de legitimación del recurrente.

Expediente
129/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
4 jun 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión fiscal interpuesto por una autoridad administrativa mediante firma electrónica avanzada, sin acreditar la existencia de un convenio de homologación de certificados digitales entre el Poder Judicial de la Federación y el órgano emisor de dicha firma, debe declararse improcedente por falta de legitimación del recurrente.

Resumen

El Servicio de Administración Tributaria interpuso un recurso de revisión fiscal utilizando firma electrónica avanzada. Sin embargo, el Tribunal Colegiado determinó que dicha firma no es válida para interponer recursos procesales, ya que la normativa aplicable exige la acreditación de convenios de homologación de certificados digitales para el uso de firmas electrónicas emitidas por otros órganos del Estado ante el Poder Judicial de la Federación. Al no acreditarse esta condición, la autoridad recurrente carece de legitimación, lo que conduce a la improcedencia del recurso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.