El ofrecimiento de trabajo, la aceptación de dicho ofrecimiento y la reanudación de las labores, entrañan la celebración de un convenio o arreglo entre las partes, en el cual obviamente el trabajador optó por reinstalación en su puesto, extinguiendo la acción de pago de indemnización.
En casos de despido injustificado, si el trabajador reclama la indemnización y salarios caídos, pero acepta la proposición del patrón de reinstalarlo, la acción de pago de indemnización se extingue. Esto se debe a que el ofrecimiento, aceptación y reanudación de labores constituyen un convenio donde el trabajador opta por la reinstalación, quedando pendiente únicamente el pago de salarios caídos hasta la fecha de la reinstalación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.