La carga probatoria de la acusación en el proceso penal recae en el Fiscal, mientras que la defensa debe sustentar la teoría de inculpabilidad.
El presente extracto de la SCJN aborda la distribución de la carga probatoria en el sistema penal adversarial. Se enfatiza que, conforme al artículo 20, apartado A, fracción V, de la Constitución Federal, es responsabilidad del Fiscal acreditar la acusación. Por su parte, la defensa tiene la obligación de sostener la teoría de inculpabilidad. Ambas partes deben asegurar la comparecencia de los testigos entrevistados durante la investigación para que declaren en la audiencia de juicio y expongan sus respectivas hipótesis.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.